Prescripción de deudas en Panamá
El objetivo principal era brindar una herramienta más accesible para que las personas con obligaciones antiguas o inactivas pudieran solicitar directamente a la entidad financiera la evaluación de una posible prescripción de la deuda. En caso de ser reconocida, la obligación tendría que ser eliminada de los registros correspondientes, incluyendo los reportes crediticios.
Además, la propuesta buscaba reducir la carga judicial, evitando que el deudor tuviera que acudir siempre a un proceso formal para alegar la prescripción. También pretendía fortalecer la protección del consumidor financiero, al exigir mayor claridad sobre el estado de la deuda, intereses, plazos, comisiones y posibles actos que hubiesen interrumpido el término de prescripción. En ese mismo sentido, procuraba facilitar la extinción de obligaciones inactivas cuando hubiese transcurrido el plazo legal aplicable, así como aumentar la transparencia del sistema bancario y financiero, especialmente en los casos de deudas vendidas o cedidas a terceros.
El proyecto fue presentado en septiembre de 2025, aprobado en primer debate por la Comisión de Comercio y luego avanzó hasta su aprobación en tercer debate en marzo de 2026.
Durante el debate público, distintos sectores advirtieron posibles riesgos. Entre ellos, que la medida pudiera afectar la cultura de pago, generar incertidumbre en el mercado crediticio y crear tensiones con el régimen bancario vigente.
El 23 de abril de 2026 el presidente José Raúl Mulino devolvió el proyecto a la Asamblea sin sancionarlo. El Ejecutivo objetó la iniciativa por considerarla inconveniente e inexequible, señalando posibles impactos negativos en el crédito, conflictos con normas aplicables al sector financiero y dudas sobre la competencia administrativa para reconocer efectos que podrían corresponder al ámbito judicial.
