Recargos y horas extras
¿Qué son las horas extras?
El trabajo suplementario o de horas extras es aquel que excede la jornada ordinaria pactada con el trabajador o, en todo caso, la jornada máxima legal. Así lo establece el artículo 159 del CST.
Jornada laboral máxima
Desde el 15 de julio de 2026, la jornada máxima legal es de 42 horas semanales, como resultado de la reducción gradual prevista en la Ley 2101 de 2021
Trabajo diurno y nocturno
La Reforma Laboral amplió la jornada nocturna:
- Trabajo diurno: de 6:00 a.m. a 7:00 p.m.
- Trabajo nocturno: de 7:00 p.m. a 6:00 a.m. del día siguiente.
Porcentajes de recargos y horas extras
Recargo nocturno
Cuando el trabajador labora dentro de su jornada ordinaria en horario nocturno:
- 35% de recargo sobre el valor de la hora ordinaria diurna. (Art. 168 CST).
Hora extra diurna
Cuando se supera la jornada ordinaria y el tiempo adicional se trabaja en horario diurno:
- 25% de recargo sobre la hora ordinaria. (Art. 168 CST).
Hora extra nocturna
Cuando la hora adicional se trabaja en horario nocturno:
- 75% de recargo sobre la hora ordinaria. (Art. 168 CST).
Trabajo dominical o festivo
Actualmente el trabajo en domingos y festivos genera un recargo especial regulado por la normativa laboral vigente. La Reforma Laboral aumentó gradualmente este porcentaje hasta llegar al 100% de recargo en los términos establecidos por la ley.
El recargo por trabajar en un domingo o día festivo en Colombia es del 90% sobre el valor de la hora ordinaria a partir del 1 de julio de 2026 y llegará al 100% a partir del 1 de julio de 2027, según lo dispuesto por el Ministerio del Trabajo.
Límite de horas extras
Las horas extras no pueden exceder:
- 2 horas diarias
- 12 horas semanales
Salvo autorizaciones especiales del Ministerio del Trabajo.
Concepto | Recargo | Factor a aplicar sobre la hora ordinaria |
Hora ordinaria diurna | 0% | 1,00 |
Recargo nocturno (sin ser extra) | 35% | 1,35 |
Hora extra diurna | 25% | 1,25 |
Hora extra nocturna | 75% | 1,75 |
Trabajo dominical o festivo diurno | 90%* | 1,90 |
Trabajo dominical o festivo nocturno | 135% | 2,35 |
Hora extra diurna en domingo o festivo | 125% | 2,25 |
Hora extra nocturna en domingo o festivo | 175% | 2,75 |
