Régimen Fiscal Especial de Canarias
Las Islas Canarias ofrecen uno de los regímenes fiscales más atractivos dentro de la Unión Europea, diseñado para fomentar la inversión y el crecimiento empresarial. Su Régimen Económico y Fiscal (REF) proporciona incentivos fiscales significativos que permiten a las empresas optimizar su carga tributaria en un entorno seguro y estable, con la garantía de la normativa europea y los convenios de doble imposición.
Ubicadas estratégicamente entre Europa, África y América, las Islas Canarias cuentan con una infraestructura avanzada, conectividad internacional y un clima de negocios favorable para emprendedores, pymes y grandes corporaciones.
Entre sus diferentes ventajas, destacamos las siguientes:
Zona Especial Canaria (ZEC)
La Zona Especial Canaria (ZEC) es un régimen de baja tributación que permite a empresas de diversos sectores beneficiarse de un impuesto de sociedades reducido al 4%, en lugar del 25% aplicable a nivel general en España.
Principales Beneficios de la ZEC
- Tipo impositivo del 4% en el impuesto sobre sociedades, aplicable a la base imponible generada en Canarias.
- Exención del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) en operaciones entre entidades ZEC y en la importación de bienes.
- Exención de retenciones en origen sobre dividendos, intereses y plusvalías distribuidos a entidades no residentes, siempre que no estén en jurisdicciones de baja tributación.
- Exención en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) para adquisiciones de bienes destinados a la actividad empresarial.
Principales Requisitos para Beneficiarse de la ZEC
Para acceder a este régimen, las empresas deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser una entidad de nueva creación que ejerza una de las actividades autorizadas e inscribirse en el Registro Oficial de Entidades de la ZEC.
- Tener domicilio social y sede de dirección efectiva en Canarias.
- Tener al menos un administrador o, en el caso de sucursales, un representante legal residente en Canarias.
- Realizar una inversión mínima en activos fijos afectos a la actividad:
- 100.000€ en Tenerife y Gran Canaria.
- 50.000€ en el resto de las islas.
- Crear y mantener empleo:
- 3 empleos en islas no capitalinas.
- 5 empleos en Tenerife o Gran Canaria.
- Solicitar autorización previa al Consorcio ZEC, presentando un plan de negocio detallado.
Reserva para Inversiones en Canarias (RIC)
La Reserva para Inversiones en Canarias (RIC) es un potente incentivo fiscal que permite reducir la base imponible en hasta un 90% de los beneficios no distribuidos, siempre que estos se destinen a inversiones productivas en Canarias.
Objetivos y Beneficios de la RIC
- Reducción significativa de la carga fiscal, al diferir la tributación de los beneficios generados.
- Fomento de la inversión y el crecimiento empresarial en sectores estratégicos.
- Apoyo a la creación de empleo y la innovación en el archipiélago.
Inversiones Elegibles para la RIC
Los fondos de la RIC deben reinvertirse en un plazo máximo de tres años en:
- Adquisición o producción de activos fijos materiales destinados a la actividad empresarial.
- Proyectos de I+D+i y tecnologías innovadoras.
- Creación de empleo y desarrollo del capital humano.
- Inversiones medioambientales que favorezcan la sostenibilidad.
- Participaciones en entidades canarias que cumplan determinados requisitos.
- Desde 2024, se incluye la rehabilitación de viviendas protegidas como inversión elegible.
Mantenimiento de la Inversión
Para que la inversión realizada con la RIC sea válida, es obligatorio mantener los activos adquiridos o la inversión realizada durante un período mínimo de 5 años (o durante su vida útil si es inferior a este plazo).
Deducciones Fiscales en Canarias
Además de la ZEC y la RIC, las empresas pueden beneficiarse de diversas deducciones fiscales por inversión en el archipiélago:
- Deducción por inversión en activos fijos nuevos, fomentando la modernización empresarial.
- Incentivos a la internacionalización, incluyendo gastos de publicidad y propaganda en mercados extranjeros.
- Deducciones para la industria audiovisual, con un marco fiscal altamente competitivo para la producción de cine y series.
- Deducciones por I+D+i, incentivando la investigación y la innovación tecnológica.
- Bonificaciones para espectáculos en vivo, impulsando la cultura y las artes escénicas.
- Deducción por apertura de filiales o sucursales en África Occidental, facilitando la expansión internacional desde Canarias.
Impuesto General Indirecto Canario (IGIC)
El IGIC es el impuesto indirecto aplicado en Canarias, equivalente al IVA pero con tipos impositivos más reducidos y adaptados a la realidad económica del archipiélago.
Características del IGIC
- Tipos impositivos más bajos que el IVA, lo que reduce la carga fiscal para empresas y consumidores.
¿Por qué elegir Canarias para su inversión?
- Entorno fiscal único en la UE, con incentivos altamente competitivos.
- Seguridad jurídica y estabilidad, respaldadas por la normativa europea.
- Ubicación estratégica, facilitando el acceso a mercados en Europa, África y América.
- Calidad de vida excepcional, combinando ventajas fiscales con un entorno atractivo para empresarios y profesionales.
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