Actualización del Régimen Tributario Especial (RTE)

¿Qué aspectos debes tener en cuenta respecto del Régimen Tributario Especial?
El Régimen Tributario Especial (RTE) establece un tratamiento diferencial en el impuesto sobre la renta para determinadas Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL) y entidades del sector solidario.

 Las entidades calificadas o pertenecientes al RTE deben cumplir, como obligación formal permanente, con la actualización anual de la información contenida en el registro web administrado por la DIAN, dentro de los primeros seis (6) meses de cada año.

 

¿A quiénes aplica el Régimen Tributario Especial?

El Régimen Tributario Especial aplica a personas jurídicas legalmente constituidas sin ánimo de lucro, tales como asociaciones, fundaciones y corporaciones, así como a determinadas entidades del sector cooperativo y solidario, siempre que desarrollen actividades meritorias de interés general y no distribuyan, directa ni indirectamente, sus excedentes a fundadores, aportantes, directivos o terceros. Por regla general, estas entidades son contribuyentes del impuesto sobre la renta bajo el régimen ordinario, salvo que soliciten y obtengan su calificación o permanencia en el Régimen Tributario Especial ante la DIAN.

 

¿Cuáles son los beneficios del Régimen Tributario Especial?

Las entidades calificadas en el Régimen Tributario Especial están sometidas a una tarifa del veinte por ciento (20%) sobre el beneficio neto o excedente determinado en el respectivo período gravable. No obstante, dicho excedente puede adquirir el carácter de exento cuando se destine, directa o indirectamente, en el año siguiente a aquel en el que se obtuvo, a programas que desarrollen la actividad meritoria que constituye su objeto social. Asimismo, es posible destinar los excedentes a asignaciones permanentes o proyectos de inversión de mediano plazo, siempre que se cumplan los requisitos legales y estatutarios.

 

¿Cuáles son los requisitos para pertenecer y permanecer en el Régimen Tributario Especial?

Para pertenecer y permanecer en el Régimen Tributario Especial, las entidades deben, entre otros aspectos, estar legalmente constituidas, desarrollar actividades meritorias de interés general, no distribuir excedentes ni reembolsar aportes, cumplir con las prohibiciones establecidas en la ley y mantener actualizada su información ante la DIAN. De especial relevancia resulta la obligación de realizar anualmente la actualización del registro web, dentro de los primeros seis meses del año (hasta el 30 de junio de 2026), conforme a lo dispuesto en el artículo 364-5 del Estatuto Tributario y su reglamentación vigente.

 

¿Qué implica la actualización anual del registro web ante la DIAN?

La actualización del registro web del Régimen Tributario Especial tiene por finalidad acreditar el cumplimiento de los requisitos de permanencia en el régimen y garantizar la transparencia de la información frente a la administración tributaria y a la sociedad civil. En este trámite, las entidades deben reportar, entre otros, su información general, la descripción de la actividad meritoria, el monto y destino de los excedentes, las asignaciones permanentes, la información de directivos y órganos de control, los estados financieros, el informe de resultados y, cuando aplique, la información relacionada con donaciones recibidas. La DIAN y la sociedad civil pueden formular observaciones dentro del procedimiento establecido.

 

¿Cuáles son las consecuencias del incumplimiento de las obligaciones del Régimen Tributario Especial?

El incumplimiento de los requisitos sustanciales o formales del Régimen Tributario Especial, incluida la no presentación oportuna de la actualización del registro web, puede dar lugar a la exclusión del régimen, con la consecuente sujeción al impuesto sobre la renta bajo el régimen ordinario. En estos casos, la entidad perdería los beneficios tributarios asociados al RTE y solo podría solicitar nuevamente su calificación una vez transcurridos los términos y condiciones previstos en la normativa vigente.

 

Aspectos por considerar

El fortalecimiento de los controles por parte de la DIAN exige a las entidades sin ánimo de lucro y del sector solidario revisar de manera permanente su estructura jurídica, la destinación de sus excedentes, el cumplimiento de sus obligaciones formales y la coherencia entre su objeto social y las actividades efectivamente desarrolladas.

Una adecuada planeación y gestión tributaria resulta esencial para conservar los beneficios del Régimen Tributario Especial.

En Forvis Mazars asesoramos integralmente a entidades sin ánimo de lucro y organizaciones del sector solidario en los procesos de calificación, permanencia y actualización del Régimen Tributario Especial, así como en la revisión de sus obligaciones fiscales y de cumplimiento.

Contáctanos para acompañarte en la adecuada gestión tributaria de tu organización.

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Actualización del Régimen Tributario Especial (RTE)