Newsletter Derecho Laboral - noviembre 2025
Derecho Laboral: despido procedente por pérdida de confianza
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la procedencia del despido disciplinario de una responsable de tienda por incumplimiento reiterado de jornada. La trabajadora, en un puesto de confianza, cerró el establecimiento antes de la hora en siete ocasiones durante julio de 2023.
El Tribunal consideró suficiente la pérdida de confianza para justificar la extinción del contrato, sin necesidad de acreditar daños económicos. Además, avaló el uso del registro de la alarma como prueba más fiable que el sistema de fichaje. Según el TSJM, en puestos de alta responsabilidad, la buena fe contractual es esencial. Su quebrantamiento es suficiente para el despido.
Complementos salariales: solo por trabajo efectivo
El Tribunal Supremo reafirma que los complementos vinculados al puesto, como pluses de toxicidad, penosidad o peligrosidad, se devengan únicamente por días de trabajo efectivo. No se abonan por días naturales salvo que el convenio lo indique expresamente.
Esta doctrina refuerza la seguridad jurídica y la correcta interpretación de los convenios colectivos. Las empresas deben revisar sus políticas retributivas para evitar pagos indebidos y conflictos laborales. La clave no son los días naturales, sino la efectiva prestación del servicio en condiciones especiales, salvo pacto expreso en contrario.
Descanso semanal: límite de acumulación
El TSJ de Cantabria declara nulo un calendario laboral que acumulaba descansos más allá del límite legal de 14 días. El artículo 37.1 del Estatuto de los Trabajadores permite acumular descansos solo en ciclos de hasta dos semanas.
La sentencia subraya que el descanso semanal no es un derecho cuantitativo, sino periódico, indispensable para la recuperación del trabajador. La planificación de turnos debe respetar estrictamente los intervalos legales para evitar sanciones y garantizar la salud laboral.
Igualdad retributiva e indemnización
El Tribunal Supremo ha establecido que, en casos de vulneración del derecho a la igualdad retributiva, procede reconocer como indemnización las diferencias salariales dejadas de percibir. Estas se consideran un daño económico directo, acumulable a la indemnización por daño moral, sin necesidad de iniciar un procedimiento separado. Refuerza la protección frente a discriminaciones salariales y simplifica la reparación del daño, consolidando la doctrina sobre tutela de derechos fundamentales.
Directiva europea sobre salarios mínimos
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea anuló parcialmente la Directiva sobre Salarios Mínimos Adecuados (SMA), al considerar que interfería en competencias nacionales sobre remuneraciones. Aunque la sentencia afecta solo a algunos artículos, su impacto en España puede ser significativo, dado el debate sobre la trasposición de la norma y el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Se abre un nuevo escenario para la negociación colectiva y la política salarial en el marco europeo.
Derecho al honor en el ámbito laboral
El TSJ del País Vasco declaró vulnerado el derecho fundamental al honor de una trabajadora al consignarse el término «zumbada» en las transferencias salariales. El Tribunal consideró la expresión insultante y agravada por su potencial publicidad. Se fijó una indemnización de 10.000 euros, destacando que el ámbito laboral no puede ser vehículo para conductas degradantes. La dignidad del trabajador es un derecho indisponible y su protección adquiere máxima intensidad frente a actos empresariales ofensivos.