Reforma a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, México fortalece su sistema de Propiedad Industrial

El pasado 03 de abril de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI).

I. Contexto y finalidad de la reforma

La reforma introduce modificaciones relevantes a la LFPPI con el objetivo de:

  • Modernizar el sistema de propiedad industrial en México
  • Agilizar procedimientos ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI)
  • Alinear el marco jurídico con estándares internacionales (T-MEC)
  • Fortalecer la protección y observancia de derechos

II. Principales cambios normativos

1. Fortalecimiento de facultades del IMPI, la reforma amplía, fortalece y moderniza el rol de dicho Instituto:

  • Puede requerir acreditación de personalidad cuando exista duda fundada (Art 27)
  • Se crea el Comité Técnico Especializado (Art. 327 Bis), el cual tiene 30 días para constituirse desde la entrada en vigor del Decreto para:
    • Vigilar plazos. Si el IMPI no resuelve en los plazos establecidos, el solicitante puede acudir al Comité Técnico Especializado para obtener resolución.
    • Se establece que el Comité Técnico Especializado puede requerir al servidor publico para emita resolución en 10 días hábiles.

2. Innovaciones en materia de patentes

a) Solicitud provisional de patente (Art. 105 Bis)

  • Se introduce una figura inexistente en México 
  • Permite obtener una fecha de prioridad temprana con requisitos mínimos (12 meses)

b) Reclamación de titularidad (Art. 40 bis)

Se crea procedimiento para que un tercero:

  • Reclame ser inventor o titular
  • En caso de que se determine su titularidad, el IMPI ordenará la reexpedición del título de patente reflejando dicho cambio

c) Restauración del derecho de prioridad (Art. 42)

  • Si la fecha de recepción de la solicitud en donde se reclama un derecho de prioridad es posterior a los plazos señalados en el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial (doce o seis meses):
    • se podrá solicitar el restablecimiento de este, siempre que se haga dentro de los dos meses siguientes al vencimiento original

d) Reducción de plazos

  • Examen de fondo: máximo 1 año para resolver

3. Simplificación procedimental

  • Limitación de oficios en examen de patentes
  • Procedimientos más rápidos y digitalizados
  • Menor carga administrativa

4. Nuevas figuras y ampliación de protección

  • Inclusión de patentes provisionales
  • Reconocimiento de nuevas dinámicas tecnológicas
  • Se establecen sanciones para aquellas infracciones que se cometan mediante Inteligencia Artificial
  • Incorpora el “ambush marketing” como causal de infracción administrativa, al constituir una forma de aprovechamiento indebido de la notoriedad, prestigio o valor comercial de eventos, marcas o signos distintivos sin autorización.

III. Implicaciones prácticas

1. Para empresas e inversionistas

  • Mayor certeza jurídica en registros de PI
  • Procesos más rápidos → reducción de costos de oportunidad
  • Necesidad de:
    • Revisar estrategias de protección
    • Adaptar portafolios de PI

2. Para innovación y tecnología

  • Incentiva:
    • Startups
    • Transferencia de tecnología
  • Facilita protección temprana (patentes provisionales)

3. Para litigio y cumplimiento

  • Incremento en:
    • Riesgos de sanción
    • Fiscalización por parte del IMPI
  • Necesidad de:
    • Estrategias preventivas
    • Auditorías de propiedad industrial

Mediante esta reforma el IMPI busca transformar el sistema de propiedad industrial en México en un modelo más ágil, eficiente y alineado con estándares internacionales, fortaleciendo su papel como autoridad reguladora y no únicamente registral, a efecto de brindar mayor certeza jurídica, incentivar la innovación y atraer inversión, al tiempo que refuerza los mecanismos de protección, por lo que consideramos importante fomentar las nuevas disposiciones y prevenir los cambios estructurales.

Quedamos a su entera disposición para analizar el impacto particular de estas reformas en su estructura corporativa.

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