Vacaciones del SAT 2026: fechas clave e impacto en los procedimientos fiscales

El pasado 9 de julio de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, mediante la cual el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer su primer periodo general de vacaciones, el cual comprenderá del lunes 20 al viernes 31 de julio de 2026. En dicho periodo, estos días serán considerados inhábiles para efectos de las actuaciones de la autoridad fiscal.

¿Qué implica para los contribuyentes?

Durante este periodo se suspenderá el cómputo de los plazos respecto de diversos procedimientos y trámites que se encuentren en curso ante el SAT, por lo que dichos plazos se reanudarán a partir del lunes 3 de agosto de 2026.

Es importante precisar que esta suspensión únicamente afecta el cómputo de los plazos a cargo de la autoridad fiscal. En consecuencia, las obligaciones fiscales de los contribuyentes cuyo vencimiento esté previsto durante dicho periodo no se suspenden ni se prorrogan.

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