Recordatorio fiscal: ¿Aún no ha recibido su devolución de impuestos? Esto es lo que debe revisar antes del 31 de julio de 2025
Si usted es una persona física y presentó su declaración anual en tiempo y forma, pero aún no ha recibido su devolución, es momento de hacer una revisión detallada. Recuerde que la fecha límite para solicitar la devolución automática es el 31 de julio de 2025.
¿Qué debe revisar?
1. Inconsistencias en la información presentada |
| Verifique que los datos de ingresos, deducciones y retenciones coincidan con los reportados por terceros (empleadores, bancos, etc.). Cualquier discrepancia puede detener el proceso. |
2. Cuenta CLABE registrada |
| Asegúrese de que la cuenta bancaria registrada esté activa, a su nombre y correctamente capturada en el portal del SAT. |
3. Observaciones del SAT |
| Ingrese a su Buzón Tributario para revisar si el SAT ha emitido alguna observación o requerimiento adicional. |
4. Formato Electrónico de Devoluciones (FED) |
| Si la devolución automática no procede, puede presentar el FED para solicitarla de manera manual. Este formato le permite adjuntar documentación adicional que respalde su solicitud |
¿Por qué es importante actuar antes del 31 de julio?
Después de esta fecha, ya no podrá optar por la devolución automática y deberá iniciar un proceso más largo y detallado. Además, una revisión oportuna puede ayudarle a detectar errores que podrían derivar en multas o auditorías.
En Forvis Mazars, contamos con un equipo especializado en atención a personas físicas que puede apoyarle a revisar su declaración, validar su saldo a favor y gestionar su devolución de forma eficiente.