FMI 0726 - Derogatoria de sistemas homologados
Descargue el boletín técnico "Derogatoria de la regulación sobre proveedores de sistemas informáticos para la emisión de facturas y otros documentos fiscales" aquí.
Providencia Administrativa SNAT/2026/00084, publicada en la Gaceta Oficial N° 43.435 de fecha 12 de agosto de 2026.
Fue derogado por el SENIAT lo relacionado con el uso de sistemas homologados para la emisión de facturas y otros documentos fiscales por parte de los contribuyentes.
En consecuencia, hasta que sea emitida una nueva normativa jurídica al respecto, se deberá aplicar el régimen general sobre facturación contenido en la Ley de IVA e ISLR.
Se abre una etapa de transición que exige mantener controles de facturación, trazabilidad documental y estar atentos a nuevos pronunciamientos por parte de la Administración Tributaria.
La Providencia Administrativa derogada, la SNAT/2024/000121, de fecha 26 de noviembre de 2024, publicada en la Gaceta Oficial N° 43.032 del 19 de diciembre de 2024, establecía un régimen específico para la autorización y homologación de proveedores de sistemas informáticos utilizados en la emisión de facturas y otros documentos fiscales.
Dicho régimen partía de la premisa de que los sistemas informáticos de facturación debían cumplir determinadas condiciones técnicas asociadas a la integridad, continuidad, confiabilidad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad, inalterabilidad e inviolabilidad de los registros. Asimismo, contemplaba la posibilidad de envío electrónico de cierta información al SENIAT, el registro de eventos del sistema, mecanismos de acceso a la información fiscal de la facturación del contribuyente y controles sobre modificaciones o nuevas versiones del software.
Adicionalmente, la norma legal derogada imponía obligaciones directas a los proveedores de sistemas informáticos, incluyendo la prohibición de comercializar sistemas no homologados, la obligación de solicitar autorización para nuevas versiones del sistema y la posibilidad de revocatoria de la autorización ante determinados incumplimientos.
Conviene destacar que la derogatoria de la Providencia Administrativa SNAT/2024/000121, no debe entenderse como una eliminación general de los deberes de facturación ni de las normas legales que regulan la emisión, conservación y soporte de facturas, notas de débito, notas de crédito y demás documentos fiscales.
La obligación de emitir documentos fiscales válidos, esto es, que cumplan con los requisitos formales establecidos en la ley para constituir un documento suficiente y competente a los fines tributarios siguen vigentes, y continúa siendo un elemento central del cumplimiento tributario.
La derogatoria abre una etapa de transición regulatoria en materia de facturación y sistemas informáticos, al dejar sin efecto la normativa legal del año 2024 sin incorporar, por ahora, un nuevo marco técnico aplicable a los proveedores de dichos sistemas; es de esperar que vendrán nuevas disposiciones legales alineadas con el pronunciamiento del SENIAT de modernizar el sistema tributario, con respaldo de las nuevas tecnologías existentes, todo dentro del cuadro de reforma fiscal integral anunciado por el Gobierno Nacional. Entendemos que el objetivo final es migrar a la “factura digital”, cosa que viene desde hace años aplicándose en casi toda la región latinoamericana, lo cual permite a la autoridad fiscal mejor control y directo de las actividades de los contribuyentes.
This website uses cookies.
Some of these cookies are necessary, while others help us analyse our traffic, serve advertising and deliver customised experiences for you.
For more information on the cookies we use, please refer to our Privacy Policy.
This website cannot function properly without these cookies.
Analytical cookies help us enhance our website by collecting information on its usage.
We use marketing cookies to increase the relevancy of our advertising campaigns.