Newsletter en Derecho de la Empresa de marzo 2026

Revisa al detalle nuestra newsletter en Derecho de la Empresa de marzo 2026. Hablamos de: facturación electrónica obligatoria, procesos de insolvencia…

Aportando una perspectiva clara y rigurosa sobre las transformaciones legales que impactan al sector corporativo, desde Forvis Mazars presentamos la circular en Derecho de Empresa correspondiente a marzo de 2026. En esta edición, nuestros profesionales han examinado en detalle las reformas de mayor calado operativo para las compañías, sintetizando su complejidad en soluciones prácticas para el negocio.

A lo largo del documento se desglosan las implicaciones del Real Decreto 238/2026 en materia de facturación electrónica obligatoria; la nueva Directiva (UE) 2026/799 orientada a armonizar los procesos de insolvencia en el marco europeo; así como los últimos criterios doctrinales de la DGSJFP sobre la validez de copias telemáticas y las restricciones para ampliar el orden del día en juntas excepcionales. Consúltala y descárgala en su totalidad aquí.

El despliegue de la facturación electrónica obligatoria

Una de las reformas con mayor impacto operativo para el tejido productivo es la aprobación del Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo. Este reglamento desarrolla el sistema de facturación electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales, modificando la normativa de facturación vigente desde 2012. La nueva regulación busca digitalizar de forma integral las relaciones comerciales B2B, erradicar el fraude fiscal y reducir la morosidad en las operaciones mercantiles.

Para cumplir con el marco del Derecho de Empresa, las organizaciones deben adaptar sus sistemas tecnológicos de manera inmediata. El texto detalla los requisitos técnicos de los mensajes informáticos, los estándares de interoperabilidad entre plataformas privadas y los mecanismos de remisión de información a la Administración Pública, marcando un calendario estricto de implantación según el volumen de facturación de cada compañía.

Armonización europea en materia de insolvencia

En el ámbito comunitario, la publicación de la Directiva (UE) 2026/799, de 30 de marzo de 2026, introduce modificaciones estructurales en el derecho concursal. El objetivo prioritario de esta norma es armonizar determinados aspectos materiales de los procedimientos de insolvencia dentro de la Unión Europea para reducir las asimetrías existentes entre los distintos Estados miembros.

La directiva incide de forma directa en la eficiencia de las herramientas de reestructuración preventiva, la simplificación de los procesos de liquidación para microempresas y la mejora de las condiciones de recuperación de activos por parte de los acreedores transfronterizos. Este texto normativo refuerza la previsibilidad jurídica y busca dinamizar el mercado de capitales europeo, obligando a las empresas con presencia internacional a revisar sus políticas de gestión del riesgo de crédito.

Modificaciones estatutarias y dividendos

Por su parte, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (DGSJFP) ha emitido dos pronunciamientos de gran interés doctrinal para la gestión societaria ordinaria. En su resolución del 4 de marzo de 2026, la DGSJFP ha ratificado la calificación negativa de un registrador mercantil respecto a una cláusula estatutaria sobre la retribución de los administradores. Los estatutos modificados ponían que el cargo sería retribuido, pero delegaban la fijación concreta del sistema, ya fueran dietas o sueldo, en la junta general o en el propio consejo. El Centro Directivo recuerda que el principio de determinación estatutaria exige que los estatutos precisen necesariamente los conceptos retributivos concretos que percibirán los administradores, sin que dicha definición pueda quedar al arbitrio de la junta de socios.

Por otro lado, la Dirección General ha analizado el alcance de los derechos económicos en situaciones de usufructo de participaciones sociales. En un supuesto de distribución de reservas, la resolución aclara que corresponde exclusivamente al nudo propietario el derecho a decidir sobre la aplicación del resultado ordinario, mientras que el usufructuario mantiene su derecho a percibir los dividendos acordados durante la vigencia del usufructo. Esta matización aporta una gran seguridad jurídica a las operaciones de reestructuración familiar y patrimonial.

Hacia una estrategia legal proactiva

En definitiva, las recientes modificaciones legislativas y los exigentes criterios registrales obligan a un replanteamiento de los mecanismos de cumplimiento corporativo. Ante un escenario donde la digitalización obligatoria y la armonización transfronteriza dictan las reglas del juego, la proactividad se convierte en la mejor herramienta de protección legal. Adaptar los estatutos sociales, auditar los nuevos sistemas informáticos de facturación e incorporar las directrices de los reguladores permitirá a las compañías mitigar riesgos normativos y consolidar una estructura de gobierno corporativo sólida, segura y plenamente preparada para los retos que plantea el porvenir económico.

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