Newsletter de Litigación Nº III / 2025
Analizamos en detalle dos recientes sentencias del Tribunal Supremo (STS nº 964/2025 y 965/2025, ambas de 17 de junio) que consolidan la posición del Alto Tribunal en relación con la validez de la cláusula de comisión de apertura en los contratos de préstamo con consumidores.
Estas resoluciones se dictan tras el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 30 de abril de 2025 (asunto C-699/23), y reafirman que la jurisprudencia nacional —especialmente la STS 816/2023, de 29 de mayo— ya aplicaba correctamente la Directiva 93/13 sobre cláusulas abusivas.
En el análisis abordamos, entre otros aspectos clave:
- La coincidencia entre los criterios del TJUE y el Tribunal Supremo respecto al nivel de transparencia exigido.
- La legitimidad del uso de estadísticas del Banco de España como parámetro para valorar la proporcionalidad de la comisión.
- La relevancia de la información precontractual y del control notarial a la hora de enjuiciar la validez de estas cláusulas.
Estas sentencias refuerzan la seguridad jurídica en torno a esta cuestión, dotando a jueces y operadores jurídicos de criterios prácticos y sólidos para su aplicación.
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