Newsletter Derecho Laboral – Junio 2025

A continuación, destacamos los cambios más relevantes:

1. Procedencia del despido por ausentarse tras denegación expresa del permiso

El TS declara procedente el despido disciplinario de una trabajadora que se ausentó unilateralmente durante siete días pese a que la empresa había denegado expresamente el permiso solicitado. Aunque tenía derecho al permiso según el convenio, la Sala recalca que ante una negativa empresarial, la trabajadora debió acudir a la vía judicial, no simplemente dejar de acudir al trabajo.

2. Indemnización por despido improcedente en contratos fijos-discontinuos: solo se computa el tiempo de trabajo efectivo

El Tribunal unifica doctrina y establece que la indemnización por despido improcedente de trabajadores fijos-discontinuos debe calcularse únicamente sobre los periodos efectivamente trabajados, no sobre el tiempo total de vinculación con la empresa. Esta interpretación refuerza el principio de proporcionalidad y evita el enriquecimiento injustificado.

3. Legitimidad de la compensación en nómina por pagos indebidos

El Supremo avala los descuentos salariales realizados por la empresa Logirail para recuperar pagos indebidos. Distingue entre autotutela prohibida y compensación válida conforme al Código Civil, al existir una deuda líquida, vencida y exigible.
No se vulneraron derechos fundamentales ni fue necesaria demanda judicial previa.

4. Competencia territorial en teletrabajo: prevalece el domicilio del trabajador

En litigios laborales de trabajadores en modalidad de teletrabajo, el juzgado competente será el del lugar donde efectivamente se prestan los servicios, y no necesariamente el domicilio social de la empresa o el centro de trabajo formal.
Esta doctrina favorece la protección del trabajador y se adapta a la realidad del trabajo remoto.

5. Sanción máxima por obstrucción a la Inspección de Trabajo

Se confirma una sanción de 225.018 euros por obstrucción grave, al negarse una empresa a identificar a 22 trabajadores que huyeron durante una inspección. El Supremo destaca la presunción de certeza de las actas inspectoras y la responsabilidad empresarial por dificultar la labor de control.

6. Uso de detectives para controlar el crédito horario sindical

El Supremo declara lícita la contratación de detectives para verificar el uso del crédito horario por parte de delegados sindicales, incluso sin necesidad de acreditar sospechas fundadas previas. La vigilancia fue considerada proporcionada, respetuosa y adecuada al fin perseguido. Se avala así el control empresarial, siempre que no se vulneren derechos fundamentales.

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