Newsletter Derecho Laboral – octubre 2025

Desde Forvis Mazars, en esta Newsletter de Derecho Laboral del mes de octubre, repasamos las resoluciones judiciales más relevantes en materia laboral, que clarifican derechos y obligaciones tanto para empresas como para trabajadores.

Compensación por comida sin ticket

El Tribunal Supremo ha declarado que la compensación por comida prevista en el convenio del sector asegurador tiene carácter indemnizatorio y fijo, por lo que no es necesario presentar factura o ticket para su abono. El derecho surge simplemente por realizar jornada partida, sin importar si el empleado acredita gasto alguno.

Caducidad en despido de trabajador fijo discontinuo

El TSJ del País Vasco ratifica la caducidad de la acción de despido cuando el trabajador no actúa con diligencia. En el caso analizado, el empleado no recogió las comunicaciones de despido enviadas por la empresa, lo que llevó a que la acción judicial presentada meses después fuera extemporánea.

El permiso parental de 8 semanas no es remunerado

La Audiencia Nacional aclara que el permiso parental de ocho semanas del artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores no conlleva retribución. Según la AN, España ya cumple con las exigencias europeas de conciliación familiar mediante los permisos por nacimiento y adopción, por lo que este nuevo permiso no debe ser compensado económicamente.

Mensajería y transporte: el Supremo marca la diferencia

El Tribunal Supremo ha determinado que las empresas dedicadas a mensajería y reparto con vehículos ligeros no deben regirse por el Convenio de Transporte de Mercancías por Carretera, sino por el convenio correspondiente a su actividad real. La decisión refuerza la aplicación del artículo 42.6 del Estatuto de los Trabajadores, que vincula el convenio a la tarea efectivamente desarrollada en la subcontrata.

El TJUE amplía el concepto de tiempo de trabajo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha confirmado que los desplazamientos ordenados por el empleador y realizados bajo sus directrices, utilizando medios de la empresa, deben considerarse tiempo de trabajo efectivo. Esto incluye tanto los trayectos de ida como los de vuelta desde la base operativa hasta el lugar de trabajo.

Los conceptos extrasalariales son embargables

Finalmente, el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) unifica criterio y establece que los pagos extrasalariales —como dietas o suplidos— pueden ser embargados íntegramente, ya que no se consideran salario a efectos del artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

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